domingo, 3 de febrero de 2013

El indulto prevaricado




Según el artículo 62 de nuestra Constitución, corresponde al Rey ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley. Es lo que conocemos por indulto, una medida de perdón de carácter excepcional, consistente en la remisión total o parcial de la pena a un condenado por sentencia firme, que otorga S.M., a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros.

Parece, a todas luces, una medida extraordinaria para evitar las injusticias que, al resultar humanamente imposible tener unas leyes perfectas en toda la infinidad de casos posibles, pudiera cometer nuestro sistema judicial. Como suele dibujarse, la justicia debe ser ciega y actuar conforme a la estricta literalidad de la ley, sin prejuicios, ni ideología, ni opiniones subjetivas del juez. Eso quizás en algún caso pueda provocar sentencias legalmente perfectas pero injustas.

En este sentido; aun con el riesgo de que sirva en ocasiones para salvar de la cárcel a los amigos del Gobierno, provocando escándalos como la puesta en libertad del conductor homicida atendido por el bufete del hijo del Ministros de Justicia, cuyos efectos han intentado limpiar dando bombo y platillo a otro indulto de una pobre madre que usó una tarjeta de crédito encontrada en la calle para comprar pañales y comida para sus hijas; puede parecer entendible a ojos del ciudadano el que exista una medida así.

Ahora bien, si un indulto sirve para corregir un fallo que pueda tener la ley por algún resquicio, entiendo, desde mi ignorancia en materia legal, que debería ser obligatorio, tras otorgar una medida de gracia, realizar una reforma en la ley; para subsanar posibles errores futuros.

Pongamos el caso de la madre perdonada (el del kamikaze homicida no hay por donde cogerlo salvo si utilizamos el término, no sé si utilizable para un Ministro de Justicia en un caso así, de prevaricación): Tras el indulto, el Consejo de Ministros debería proponer una reforma en el Código Penal en la cual se haga constar, para el delito de robo o hurto o similar, un atenuante suficientemente importante que evite la pena de cárcel a quien cometa un robo necesario para el mantenimiento de los hijos… o como legalmente deba redactarse. De este modo, con esta obligación, primero, evitaremos en parte que se repitan perdones con prevaricación como el del conductor homicida (a ver qué reforma iba a atreverse a redactar Gallardón), y segundo, conseguiremos que en un futuro un caso similar como el de la madre comentada se resuelva en una primera instancia ahorrando disgustos a ella y a su familia y costes al erario público.

Si esto hubiera sido así desde inicios de la democracia, al menos nos hubiéramos reído al leer la reforma de la Ley que hubiera tenido que redactar el Gobierno de Aznar cuando (obedeciendo al Rey, según mi opinión) indultó a Vera y Barrionuevo. Eso sí que sería aquello de la imaginación al poder…



martes, 1 de enero de 2013

Los sueldos de los políticos


Siempre he defendido la idea, poco popular en estos momentos lo reconozco, de que los sueldos de los políticos, sobre todo los de alto y medio nivel nacional o autonómico, son una auténtica miseria. Que el salario anual del Presidente del Gobierno sea poco más de 78.000 € me parece una verdadera ridiculez... mi jefe, por ejemplo,  que es un cargo intermedio de una empresa media de carácter nacional, gana más; y seguro que en mi pequeña ciudad hay más de 100 personas que ganan más que eso.


No veo yo a una multinacional más o menos importante ofreciendo ese salario a su Consejero Delegado en España, por poner un ejemplo: Seguro que sabe que, si quiere tener a uno de los mejores, tiene que pagar mucho más. Y no quiero detenerme mucho en el asunto de los deportistas profesionales, sólo con afirmar que Messi, con sus 15 millones netos anuales, gana en dos días más que Rajoy en un año, deja clara la situación.


¿Queremos de verdad tener buenos políticos o seguir con esta demagogia que hace que podamos tener ministros sin una licenciatura universitaria o sin ninguna experiencia profesional de éxito en al empresa privada? ¿Queremos seguir con esto que sólo sirve para que se busquen su mamandurria complementaria a base de "mordidas", "extrasueldos", comisiones, jubilaciones de oro, etc. etc.? ¿O queremos pagar un magnífico sueldo a nuestros políticos (sólo mientras realizan su labor) para tener a los mejores pero con unas leyes duras para que a quien se le pille con un euro en el bolsillo que no sea suyo acabe en la cárcel por un largo periodo, con pérdida de sus bienes y bajo el escarnio público?

Del modo actual, es normal que cuando más de 500.000 € firmas hayan pedido que se eliminen ciertas prebendas a los políticos cesados, se revuelvan como un miura enojado y se acojan, para no aceptarlo ni a trámite por si acaso, al artículo 72 de la Constitución, que dice:

 "Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales"

Cuando parece claro que debería prevalecer el 87.3 pues no es asunto que afecte a ninguna de las materias que en él se citan: 

"Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso, se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia."





Demos al César lo que es del César; pues no hay nada como tener un buen gestor para que resulte rentable a una empresa. Y no hay nada mejor que un gerente bien pagado para, si como ahora es preciso, reducir los gastos internos.

Es que, como diría mi abuela, miramos la peseta y tiramos el duro.

miércoles, 26 de diciembre de 2012

Ser necesario




En cierta ocasión, en los albores de mi etapa en el mundo laboral, me dijo un jefe algo así como que nadie es imprescindible, pero que tienes que ser (o al menos parecer) necesario. Si tu función en la empresa no se ve como tal, lo mejor que te puede pasar es que te cambien de labor; lo peor, que te den la carta de despido. Y es que nadie, y menos un buen empresario, quiere gastarse dinero en algo que no le  sirve para nada, ya sea un trabajador o un cañón sin agujero (que diría el añorado Gila). Y mucho menos si la situación de la empresa es crítica.

Viene esto a cuento por el discurso inane que el día de Nochebuena nos leyó gracias al “pronter”, con cambios de cámara tan acordados como poco naturales, S.M. el Rey D. Juan Carlos. Y es que, si desde hace algunos años ya habíamos detectado que la labor que realizaba era bastante innecesaria por vana, en estos momentos en que la situación económica sólo es una anécdota temporal comparada con la desintegración de la nación, resulta repulsiva por inactiva.

Es como el médico al que vas con un tumor y que tras auscultarte te dice, como de pasada y en menos de 8 minutos, que te cuides el resfriado que traes, que te tienes que abrigar y que mucho ánimo. Un médico al que, por cierto, le pagas una buena “iguala” anual.

No, Majestad, al menos desde el 73, con los últimos estertores del régimen franquista, hasta el 81, con el 23 F, fue o pareció necesario; ahora, ni para posar para una foto parece que lo necesitemos. Actúe, o deje al Heredero, o deje paso a la República, pero que desde la Jefatura de Estado se haga, eso que dijo con tanto énfasis: "Política con mayúsculas".


sábado, 3 de noviembre de 2012

Escrito está



Un maestro de la ley fue a hablar con Jesús, y para ponerle a prueba le preguntó:
–Maestro, ¿qué debo hacer para alcanzar la vida eterna?
    Jesús le contestó:
–¿Qué está escrito en la ley? ¿Qué lees en ella? (Lc 10, 25-26)

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No hay como presentar hechos objetivos  para rebatir opiniones basadas en deseos, sensaciones, sentimentalismos, ensoñaciones, o pruritos  con mejores o peores intenciones. Así pues, paso a detallar una serie de puntos:

1º.- La Constitución española constituye el conjunto de leyes más importantes de la nación ya que los españoles la aprobaron en reférendum en 1978: deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclamando su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

2º.- En el citado referéndum 15.706.058 españoles votaron “SÍ”, un 88,54% de los votantes.

3º.- En la región catalana, el porcentaje de “síes” fue mayor aún ya que 2.701.870 votaron afirmativamente y eso supuso el 90,4% de los votantes.

4º.- En aquél referéndum CiU (una reciente federación de los partidos CDC y UDC) promulgó el “sí”.

Pues bien, tras quedar claramente demostrada la vigencia y legalidad de esta Constitución, pasemos al detalle de alguno de sus artículos:

1º.- La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. (Art. 1. 2). Es decir, cualquier aspecto que afecte a la soberanía de la nación española (y la secesión de una parte de su territorio le afecta de forma palmaria) debe ser decidido (de la forma en que esté previsto en las leyes) por el pueblo español; TODO el pueblo español.

2º.- Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.
El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados. (Art. 92. 1-2).

3º.- El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
(…)
32ª-Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum. (Art. 149. 1)


Ahora bien, ¿esto es inamovible?, ¿no puede cambiarse si un político dirigente de alguna Comunidad Autónoma (por poner un ejemplo) lo quisiese?

Veamos:


Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras.
Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo II, Sección 1.ª, del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación. (Arts. 167 y 168)


Y como yo soy un absoluto defensor del cumplimiento estricto de la ley porque es lo que diferencia, no una democracia de una dictadura, sino una sociedad civilizada de otra basada en la “ley de la selva”, le doy todo el derecho al Sr. Mas –que es a lo que iba, si CiU, como parece, gana las elecciones autonómicas- a pedir que Cataluña sea un “estado más de la Unión Europea” (no digo “independencia” porque es algo que el Sr. Mas parece ser que no se atreve ahora a nombrar explícitamente). Ahora bien, además de pedir autorización a la UE para que les deje ser miembro, que ésa es otra (yo también quisiera ser socio honorífico del Atleti y entrar gratis al palco todos los partidos), le doy los dos caminos:

1º.- O conseguir que el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados, convoque un referéndum nacional para que todos los españoles decidan si Cataluña debe ser un estado propio independiente de España.

Con esta opción podría tener alguna posibilidad de éxito; pues cada vez está consiguiendo tener mayores defensores de la independencia de Cataluña en el resto del territorio nacional.

2º.- O conseguir que se apruebe la posibilidad de que las CC.AA. puedan convocar referendos secesionistas, por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y tras la disolución inmediata de las Cortes que las Cámaras elegidas que éstas ratifiquen esa decisión y procedan al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.

Con esta otra opción apenas tendría ninguna posibilidad de lograr su objetivo; y no me refiero a que no consiguiera la reforma constitucional, pues conociendo el “maricomplejismo” del gobierno y la oposición en estos temas podría convencerles (como de la constitucionalidad del “estatut” al TC); sino a la imposibilidad de que si votaran sólo los catalanes en ese referéndum el “sí” saliera vencedor. Una cosa es jugar a la guerra independentista con pistolas de fogeo y esteladas y otra, muy diferente, con armas comerciales de verdad de bloqueo y aranceles –que les dice muy alto el “seny”-

Y, como diría Forrest Gump, esto es todo lo que tengo que decir sobre el asunto de la independencia de Cataluña.

sábado, 15 de septiembre de 2012

La fusión hace la fuerza




En los momentos más difíciles para un sector, bien por motivos particulares de él o bien por motivos generales, como puede ser la crisis que atravesamos, cualquier empresa necesita ser más competitiva.  Se reduce el pastel y sólo por eso su trozo en el mismo, sin hacer nada, también se reduce. Por otro lado, su competencia,  que necesariamente ve perder  también parte de su  negocio, se vuelve más agresiva e intenta recuperar lo que pierde al  bajar el tamaño de la tarta quitándoselo a otras.

Ante esto, además de intentar ser más competitivos trabajando más, la clave reside siempre (y lamentablemente en muchos aspectos) en reducir gastos. Si quiero quitar negocio a mi competencia para, al menos, mantener mi rentabilidad, tengo que vender más y para ello tengo que ser más barato y necesariamente tendré que reducir costes, tanto externos como internos.

El método más eficaz para reducir gasto ha demostrado muchos veces ser el de las fusiones. Dos, tres o más empresas se funden en una sola y así eliminan partidas que estarían duplicadas o triplicadas si siguieran. Sólo necesitarán un director comercial, un único director financiero, un director de recursos humanos, etc. etc. Además, bien es sabido que hay departamentos en cualquier empresa en los que si tienes, por ejemplo, dos trabajadores, no pueden con toda la labor, pero si están tres, le sobra tiempo. Es decir, hay trabajo, pongamos que para 2,5 trabajadores pero te obliga a tener 3. Al fusionarse empresas optimizan muy importantemente este apartado relacionado con el personal necesario.

También es sobradamente conocido que los costes en compras se reducen en las fusiones, al poder hacer pedidos mayores a un proveedor. Sólo tienes que probar a comprar, por ejemplo, uno o cinco coches en un concesionario. ¿Cuánto paga más el que sólo compra uno en relación con el que compra cinco?

Por ese motivo, los bancos, las compañías de seguros, las empresas de supermercados de alimentación, etc., etc., etc. han ido fusionándose a lo largo de los últimos años. Hay quien  recordará al Banco de Vizcaya, al Banco Atlántico, al Banco Exterior de España, al Banco Hispanoamericano, etc. etc. En la actualidad, han quedado en competencia importante dos de ellos, el Banco de Santander y el BBVA, y algún otro que resiste como Banco Popular. Era necesario, también para que éstos puedan competir en el exterior. Sin embargo, ¿por qué no se fusionaron al mismo tiempo las Cajas de Ahorro? Pues sencillo, porque no había unos accionistas que exigieran beneficios y porque el hecho supondría la eliminación de cargos directivos con suculentos sueldos que perderían los políticos y amigos colocados en esos cargos. Ahora, últimamente, no les está quedando más remedio para no desaparecer que realizar estas uniones que han llamado “fusiones frías” porque, en realidad, son maquillajes de unas verdaderas donde aún se mantienen muchas mamandurrias. Los políticos y sus amigos en altos cargos rehúyen de esta acción como un gato de entrar en la bañera; pero, al final, no les ha quedado (o quedará próximamente) otra que pasar por el aro.

Pues bien, tras quedar hartamente demostrado que en estos momentos lo ideal es unirse por aquello de que “la unión hace la fuerza”, en nuestro querido país de lo que se trata es de lo contrario: desunirse aún más de lo que ya estamos. Las fuerzas centrífugas autonomistas más débiles por un lado y las separatistas mucho más fuertes por otro hacen imposible que el carro vaya hacia adelante, dividiendo todos los esfuerzos al tirar cada uno hacia un sitio distinto (el que le viene egoístamente bien a él) y en momentos diferentes. Sólo un ejemplo: si nuestro sistema de sanidad tiene que comprar insulina para nuestros diabéticos ¿qué hace? Pues comprar por separado y en momentos distintos 17 partidas… ¿cuánto nos ahorraríamos si hiciésemos un único pedido?

Pero claro, eso significaría “alejar la administración” del ciudadano, dirían los pro-autonomistas (y cosas mucho peores los separatistas) pero…¿es que nadie ha visto la inmensa red de sucursales que tiene el Santander o el BBVA?

Por todo ello, la centralización de muchas competencias en España es claramente necesaria para la salida de la crisis, el desarrollo del país y el mantenimiento de la parte de estado del bienestar que nos está quedando pero, conociendo a nuestros políticos y a sus votantes, me temo que sólo se actuará cuando el agua nos llegue al cuello ¿podremos entonces resurgir o ya será tarde y nos ahogaremos?


viernes, 31 de agosto de 2012

Bolinaga y La Ley



Siempre he considerado que lo que debe diferenciar un país de derecho y desarrollado de otro que no lo sea es el cumplimiento íntegro de sus leyes y a rajatabla; sin favoritismos ni medias tintas por un lado o sin ensañamientos subjetivos por otro.

Por todo ello, en el caso éste del etarra que, al parecer si no hay recurso del fiscal o si éste no es atendido por el juez, se le va a dar la libertad; independientemente de que mi criterio y deseo sean que debería permanecer en prisión, he intentado (gracias al tiempo del que disfruto por mis vacaciones estivales) leer lo que la ley dicta sobre el caso y, desde mi ignorancia en el derecho, formarme una opinión lo más objetiva posible.

Bien, en principio, según el Reglamento Penitenciario aprobado en el Real Decreto 190/1996 de 09 de febrero se dice en su artículo 104. 4 lo siguiente:

"Los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico, con independencia de las variables intervinientes en el proceso de clasificación, podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a la dificultad para delinquir y a su escasa peligrosidad."

Parece ser, pues, que no se pide que sea una enfermedad terminal, como he oído en muchos sitios, sino sólo que sea incurable y, claramente, un cáncer de pulmón en muchas ocasiones (la mayoría, desgraciadamente) lo es. Por todo ello, atendiendo a este Reglamento es cierto que al citado asesino y torturador se le puede dar el tercer grado y, posteriormente, la libertad condicional. Pero hay que remarcar el verbo utilizado: "podrán"; es decir (y esto va para el Sr. Ministro del Interior) que, según esta norma, se le puede conceder o no el tercer grado y en ningún caso se prevaricaría.

Ahora bien, resulta que en 2.003 con el gobierno de Aznar se promulgó la Ley Orgánica 7/2003 de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas y hay que tener en cuenta, inicialmente, dos cosas:



- Que una Ley, y más si es orgánica, siempre prevalece sobre un Reglamento.

- Que aunque los crímenes se produjeron antes de 2003, como se trata simplemente de medidas para el cumplimiento de las penas impuestas, tienen carácter retroactivo, como así lo indica su Disposición transitoria única:

"Lo dispuesto, conforme a esta Ley, en los artículos 90 y 93.2 del Código Penal, respecto a las circunstancias para acceder a la concesión de la libertad condicional, y en el artículo 72.5 y 6 de la Ley Orgánica General Penitenciaria respecto a la clasificación o progresión al tercer grado de tratamiento penitenciario, será aplicable a las decisiones que se adopten sobre dichas materias desde su entrada en vigor, con independencia del momento de comisión de los hechos delictivos o de la fecha de la resolución en virtud de la cual se esté cumpliendo la pena."

¿Y qué es lo que indica esta Ley para el caso comentado?



Pues en su artículo 92. 3 lo siguiente: "Si el peligro para la vida del interno, a causa de su enfermedad o de su avanzada edad, fuera patente, por estar así acreditado por el dictamen del médico forense y de los servicios médicos del establecimiento penitenciario el Juez de Vigilancia Penitenciaria podrá, previa en su caso la progresión de grado, autorizar la libertad condicional sin más trámite que requerir al centro penitenciario el informe de pronóstico final al objeto de poder hacer la valoración a que se refiere el párrafo anterior, todo ello sin perjuicio del seguimiento y control previstos por el artículo 75 de la Ley Orgánica General Penitenciaria."

- Es decir, que aquí sí se exige que el peligro para la vida del interno sea patente; algo que no parece en el caso Bolinaga cuando ni siquiera ha comenzado algún tratamiento de radio o quimioterapia, y cuando se le dan unas posibilidades de fallecer de un 10% en un año.



- Por otra parte se indica que para concederle la libertad condicional, tiene que progresársele de grado; es decir, otorgarle el tercer grado sin que sea necesario que hayan extinguido tres cuartas partes de su condena; pero necesariamente teniendo que cumplir el resto de requisitos que se definirían así:



"La clasificación en el tercer grado penitenciario en el caso de penados por delitos de terrorismo o cometidos en el seno de organizaciones criminales exige que los terroristas hayan satisfecho su responsabilidad civil en los términos del apartado anterior, así como que hayan abandonado la actividad terrorista y hayan colaborado activamente con las autoridades para la obtención de pruebas o la identificación de otros terroristas, en los términos previstos en la Decisión marco del Consejo de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo"



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Tras todo esto y simplemente leyendo, sin saber mucho (más bien nada) de leyes como es mi caso, está claro que al asesino y torturador etarra (según la Ley, no un Reglamento Penitenciario de menor rango) sólo se le podría dar la libertad condicional en caso de peligro patente de su vida y tras cumplir los requisitos impuestos a los terroristas para conseguir el tercer grado: Satisfacer las indemnizaciones por responsabilidad civil, abandonar la actividad terrorista y colaboración con la justicia.



Está claro pues que ni hay un riesgo inminente para la vida de este reo (el tiempo me irá dando la razón) ni ha cumplido ni piensa cumplir ni uno sólo de los requisitos para obtener el tercer grado previo a la concesión de la libertad condicional.



¿Quién prevarica entonces, Sr. Fernández Díaz y por qué "ocultos motivos"?



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P.D. Quedo agradecido a los "twits" de respuesta que me ha dirigido de D. Luis del Pino (@ldpsincomplejos) que me han servido para saber dónde había que leer.  

sábado, 4 de agosto de 2012

Todos somos culpables (1)




Se suele decir que es en los fracasos en donde más se aprende, mucho más que en los éxitos… y no necesaria y desgraciadamente suele ser así. De los fracasos se aprende si uno toma conciencia de qué parte de culpa ha tenido él en ese fracaso; y es condición humana, muchas veces, mirar a cualquier otro aspecto antes que a la intervención de uno mismo. Si alguien abre un negocio y no funciona, la culpa la tendrá la crisis, la mentalidad cerrada de la gente del lugar, la competencia desleal, el calentamiento global o la prima de riesgo. Da igual, el hecho será no reconocer nuestros fallos en previsiones, planteamientos de negocio, política de precios, márketing, horario, etc., etc.

Y  es cierto que en ocasiones el 95% del fracaso puede deberse a causas excepcionales externas imprevisibles; pero aún así, en ese caso, en donde deberíamos fijar nuestra atención debería ser en ese 5% de nuestra intervención; eso es lo que depende de nosotros y donde debemos centrarnos para no repetirlo en próximas empresas.

Viene esto a cuenta por un magnífico artículo publicado en “facebook” por mi amigo Óliver Fernández Avellaneda titulado Esto lo hemos roto entre todos.org  donde explica cómo todos hemos tenido buena culpa en llegar a la situación económica desastrosa en la que estamos. Sin embargo y a pesar de eso, nuestras miradas acusadoras se dirigen a los mercados, a los bancos, a la CEE, al euro o a los políticos y su derroche. Y es en este último punto donde quiero yo centrarme un poco:

Ahora, está en boca de todos los ciudadanos esa expresión de que no se puede gastar más de lo que se ingresa (yo creo más bien que lo que no se puede es gastar más de lo que se sea capaz de pagar en tiempo y forma –si no, casi nadie tendría una casa y pocos tendrían un coche-) y que los políticos han dilapidado el dinero gastando más de lo que entraba en las arcas públicas y que por eso, ahora nuestro estado del bienestar está en franca decadencia.

Bien, no voy a negar esa apreciación que ha quedado suficientemente constatada; ahora bien, yo me pregunto: Si el candidato a alcalde de nuestro pueblo no hubiera abierto un parque magnífico, un pabellón polideportivo de última generación, un campo de fútbol de césped artificial, unas aceras de baldosas casi artísticas, unas farolas sicodélicas en el flamante paseo fluvial y no hubiera traído a “Estopa” y a David Bustamante para las Fiestas…¿hubiera ganado las elecciones? Si, por el contrario, su discurso hubiera sido de austeridad, de hacer saber al pueblo que no hay ingresos suficientes para tener esas instalaciones que sí puede tener una capital y que se tienen que conformar con la música de “Los Insuperables” (orquesta de verbenas de la zona) en los festejos municipales…¿le habrían votado mayoritariamente?

Y si el Presidente autonómico de turno hubiera proclamado a los cuatro vientos que su comunidad no tiene capacidad económica suficiente para que llegue el AVE, ni para tener en funcionamiento ningún  aeropuerto, ni para autovías autonómicas, ni para subvenciones a energías alternativas, ni para eventos culturales de  primer orden, ni para equipos profesionales deportivos para que puedan militar en categorías nacionales de primer nivel, ni para cientos de cosas dadas que han llenado más el “ojo que la calabaza” del votante…¿hubiera sido elegido?

Quizás ése sea el 5% o el 10% (o quizás mucho más) del porcentaje nuestro como ciudadanos con derecho al voto del fracaso por el despilfarro público que se ha tenido en los últimos años y que, seguro, ha influido muy notablemente en que hayamos llegado a la situación de crisis insoportable que estamos sufriendo. Por ello, es este aspecto el que entiendo que deberíamos mirar para no volver a caer en el error; y me atrevo a vaticinar que algo sí miraremos en las próximas elecciones…¡a la fuerza ahorcan!